AFIP suspendió por un plazo de 60 días corridos, la aplicación del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales. Acceda al texto completo de la norma
La AFIP suspendió
por un plazo de 60 días corridos, la aplicación del Régimen de Información
de Planificaciones Fiscales implementado mediante la Resolución General 4.838.
Lo hizo a través de la resolución general 5254:
Puntualmente,
la flamante norma establece:
"Suspender por un plazo de SESENTA
(60) días corridos, la aplicación del Régimen de Información de
Planificaciones Fiscales implementado mediante la Resolución General N°
4.838".
En los fundamentos de
la norma se expresa que "mediante
diversos fallos judiciales se ha admitido la pretensión cautelar formulada por
la mayoría de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país -entre
otros organismos- de suspender la aplicación del régimen en cuestión para
sus profesionales matriculados".
"Que,
a raíz de ello, esta Administración Federal considera oportuno recabar de
aquellas Federaciones, Colegios o Consejos de profesionales que asesoran
fiscalmente a sus clientes, sus aportes y opiniones, a fin de dotar al régimen
de información de una mayor eficacia y eficiencia", agrega.
"Que,
asimismo, en función de la experiencia recogida a partir de la entrada en
vigencia del mencionado régimen, resulta necesaria su adecuación a fin de
poder detectar de manera temprana, aquellas estructuras que resulten
agresivas y que produzcan una erosión sustancial de la base imponible en el
país",
explican desde la AFIP




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