La AFIP ya obliga a utilizar el Libro de Sueldos Digital para generar las cargas sociales incluso a empleadores con un solo trabajador en nómina
La AFIP notificó por
estas horas a todos los empleadores que estarán obligados a confeccionar
el Libro de Sueldos Digital a partir del salario devengado septiembre
de 2022, que se pagará en octubre, incluyendo a quienes tienen registrado sólo
un trabajador.
"De
este modo se generaliza la utilización de esta herramienta mediante la cual se
deben informar las remuneraciones otorgadas a cada trabajador y que
además permite la presentación del formulario 931, para liquidación de
las cargas sociales",
indican desde el Blog del Contador.
Además, remarcan que "sólo quedaron fuera de la
obligación de confeccionar el Libro de Sueldo Digital establecimientos
de educación y salud, si bien para diciembre o principios del próximo estaría
alcanzando en forma masiva a todos los empleadores", informa.
¿Cuáles
son las obligaciones de los empleadores?
"El
Libro Sueldo Digital fue establecido en 2015 y la obligatoriedad fue
progresiva. La AFIP es quien notifica a los empleadores que deben
incorporarse al sistema digital, sin perjuicio de que en 2019 se habilitó
también la adhesión voluntaria",
confía Guillermo Osorio.
Los contribuyentes son informados de su obligación de
generar el Libro de Sueldos Digital mediante el domicilio fiscal electrónico,
con una comunicación que comienza como sigue:
"Le
informamos que a partir del período devengado septiembre de 2022,
será obligatorio el servicio Libro de Sueldos Digital como único
medio para el ingreso de la declaración jurada de Seguridad Social-F.931.
El servicio permite generar un archivo en formato PDF con la
información del Libro especial previsto en la Ley de Contrato de Trabajo".
"A
partir de la recepción de esta notificación, el empleador o empleadora puede
habilitar con clave fiscal el servicio Libro de sueldos digital con un período
de prueba para conocer cómo operar, hasta el 19/09/2022. Una vez
finalizado este plazo, se eliminarán las liquidaciones de las pruebas
realizadas",
aclara.
¿Qué
necesitan las empresas para usar el Libro de Sueldo Digital?
Javier Sabin, de EY Argentina, señala que "los empleadores deberán avanzar en un par de cuestiones
para cumplir con esta obligación":
- "Realizar cruces de consistencia entre los servicios web de AFIP y las bases de datos de la compañía. Una vez realizado, deberían remediar todos los errores encontrados, garantizando la validación y corrección de la información mencionada"
- "Parametrizar todos los conceptos en el formato que solicita el Libro Ley Digital para no correr riesgos con la carga de datos. También realizar distintas pruebas durante el periodo de testeo para minimizar las inconsistencias al momento de la salida en vivo"
Después de haber
asistido a más de 100 empresas, Sabin asegura que "es fundamental abordar este compromiso con tiempo. Si hay
inconsistencias, esto impide presentar no sólo el Libro de Sueldo Digital, sino
también el formulario F.931 de cargas sociales, acarreando graves
consecuencias para los empleadores. Por ejemplo, la inhabilitación de
importaciones".
¿La
fecha de septiembre para el Libro de Sueldos Digital es definitiva?
"Los
empleadores contarán con un período de prueba para saber cómo operar antes
de adoptar el Libro de Sueldo Digital en forma obligatoria en septiembre", aclara Sabin. Esta opción se puede
usar por única vez.
Desde El Blog del
Contador indican "a partir del
período en que queda obligado, el empleador sólo puede presentar el F931
cumpliendo con los requisitos de este nuevo servicio, quedando inhabilitada la
posibilidad de ingresar por Declaración en Línea".
"Para
el caso de los empleadores recientemente notificados, la extensión
del plazo de período de prueba estaría habilitada a partir del 19 de
agosto y estimamos que será solo por un mes, es decir hasta el devengado
septiembre, tal como lo fue con los obligados desde mayo 2022 a quienes se les
otorgó solo un mes de prórroga",
comenta.
Además, remarca que "durante el período de prueba, la AFIP
realiza un seguimiento en el que se podrá verificar los avances, analizar lo
actuado por el empleador y las dificultades que pudieron haberse presentado en
la utilización de la herramienta".
"Teniendo
en cuenta que la falta de presentación de la Declaración Jurada de Seguridad
Social condiciona las prestaciones para los empleados, se implementó una forma
de ampliar el período de prueba. Pero si el empleador aceptó liquidaciones
para el período de obligatoriedad asignado con posterioridad al fin del
periodo de prueba, no podrá hacer uso de esta opción", alerta.
El Blog del Contador precisa los siguientes pasos para
pedir la ampliación del período de prueba del Libro de Sueldo
Digital:
- Habilitar, en el Administrador de Relaciones, el servicio Libro de sueldos digital con la Clave Fiscal y delegarlo de corresponder
- Acceder a la opción de Solicitud de ampliación de período de prueba. Esta opción se visualiza una vez finalizado el período de prueba asignado y puede ser utilizada por única vez
- Al validar la solicitud, se acepta el ingreso de F.931 a través de Declaración en Línea para ese periodo y se informará un nuevo período de obligación mediante el domicilio fiscal electrónico.
- Podrá seguir realizando pruebas en la aplicación hasta la fecha que se informará en la notificación
¿El
Libro de Sueldo Digital reemplaza el libro en papel?
"El
Libro de Sueldos en papel de la Ley de Contrato de Trabajo debe estar rubricado
por la autoridad administrativa provincial en materia laboral. Es decir que
cada jurisdicción determina las formalidades y requerimientos en materia de
rúbrica, así como el arancel de la misma", afirma Silvana Iudkovsky, de MR
Consultores.
"Por
ahora, ninguna lo ha incorporado como reemplazo del Libro Ley que regula y
rubrica cada provincia, con lo cual actualmente se deben seguir cumpliendo
ambas obligaciones a la vez",
sostiene el Blog del Contador.
Así, la
implementación del Libro de Sueldos Digital "no exime al empleador de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas
por las autoridades locales de Trabajo", respecto del libro en papel,
concluye.




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