Los profesionales independientes tienen la posibilidad de realizar deducciones en el Impuesto a las Ganancias, pero son distintas que las de los empleados
Los profesionales
independientes también pueden optimizar la declaración jurada del Impuesto
a las Ganancias que pagarán en junio mediante deducciones, pero estas
son distintas que las que pueden realizar los trabajadores en relación de
dependencia.
El momento de los
vencimientos anuales y la percepción de ingresos cada mes genera en los profesionales
la siguiente pregunta: ¿Cómo logro optimizar el pago de impuestos?.
Las
tres claves para deducir gastos de Ganancias
Una de las respuestas a esta pregunta, radica en conocer cómo
aprovechar al máximo las deducciones fiscales, dijeron, y precisaron los
siguientes tips a tener presentes en todo momento del año:
1. Las
personas que realizan su actividad profesional, y/u oficio, y que no hayan
optado por el Monotributo, deben determinar su impuesto en forma anual.
2. Para
ello podrán deducir de sus ingresos, todos aquellos gastos que le permitan
conservar, mantener y aumentar estas ganancias.
3. Este
año las declaraciones juradas correspondientes al período 2021 vencerán
en junio 2022 (desde el 13/6 al 15/6), resultando el pago en las mismas
fechas, de acuerdo a la terminación del su CUIT.
¿Qué
gastos pueden descontarse?
Deducciones posibles para profesionales autónomos,
inscriptos en IVA y Ganancias:
Gastos de rodados
Hasta un tope
$7.200 por todo concepto. En el caso de un utilitario, no
procede el tope y puede descontarse el 100% de los gastos
efectivamente abonados.
Amortizaciones de rodados
- Hasta $4.000. por automóvil. Los vehículos utilitarios podrán computar la amortización completa.
Amortizaciones de bienes afectados a la actividad
- Sin tope
- Seguros
- Se trata de las pólizas que cubran los riesgos de los bienes afectados a la actividad.
Vestimenta
- Si bien la ley no admite la deducción de gastos relacionados con el sustento personal, este concepto ha evolucionado en los últimos años siguiendo el criterio de los jueces, que reconocen la posibilidad de descontar los gastos de vestimenta cuando ellos se vinculan directamente con la actividad profesional que se ejerce.
- También la AFIP, en un encuentro con representantes de cámaras empresarias en 2019, aceptó la deducción siempre que "la indumentaria haya sido concebida para el uso exclusivo en el lugar de trabajo, por ejemplo, indumentaria de seguridad o que tenga elementos distintivos como logos, inscripciones, etc.".
Gastos bancarios
- Se pueden deducir el mantenimiento de cuentas, los intereses y el impuesto al débito y crédito.
Intereses financieros
- Son deducibles los intereses por la compra de bienes afectados a la actividad
Congresos,
conferencias o eventos
- Es posible descontarse el costo de la actividad, como así también el de los pasajes, hoteles y otros gastos necesarios para asistir a la misma.
Gastos de movilidad
- Se pueden deducir gastos en taxis, remises, estacionamiento, entre otros.
Comunicaciones
- Son deducibles el celular e Internet, entre otros.
- Y si además el profesional organiza su actividad como pyme con certificado vigente, se puede acceder a un mayor porcentaje de cómputo del impuesto al cheque, que será de 100% en el caso de las micro y pequeñas empresas.
¿Cómo
realizar la deducción de Ganancias?
Para realizar la deducción y poder optimizar el pago del
Impuesto a las Ganancias, el profesional autónomo tiene que cumplir con los
siguientes recaudos:
1. Documentación y Pago
- Los gastos deben estar debidamente respaldados por comprobantes facturas o recibos, extractos bancarios que acrediten la erogación efectuada, y haber sido efectivamente pagados.
2. Forma de pago
- Si son gastos superiores a $ 1.000, necesariamente deben ser cancelados mediante cheque, transferencia bancaria, depósito en cuenta del proveedor y/o tarjeta de crédito.
- Los gastos abonados con tarjeta de débito no admiten su deducción a efectos fiscales.
3. Prueba documental
- La prueba documental resulta fundamental para que el gasto sea admitido, es importante contar con documentación adicional tal como: el programa, agenda y temario de los congresos, correos electrónicos concertando reuniones, visitas, almuerzos, entre otros.
En conclusión, la
deducción del gasto sigue siendo una de las herramientas más sencillas de las
cuales dispone el contribuyente para optimizar la determinación y pago del
impuesto a las ganancias. Un correcto aprovechamiento de esta deducción y
en el menor tiempo posible, redundará en una importante ventaja a la hora
del pago del impuesto.
0 comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu Comentario!
Estudio RCF Gestión Contable - IVA - Ingresos Brutos , Convenio Multilateral - Autónomos - Monotributo - Moratorias AFIP, ARBA y AGIP - Sueldos, Balances Auditorias, Certificaciones - Servicio Domestico - Ganancias y Bienes Personales , SIRADIG - Seguimiento y Asistencia de cuentas Clientes -Auditorias de Consorcios