Con un cuestionario de 16 preguntas a responder en 5 días, la AFIP amenaza a los nuevos inscriptos en IVA con suspender su CUIT
La AFIP busca
aprovechar la inscripción en el IVA de monotributistas obligados
a pasar al régimen general para cumplir la meta de mejora de la
recaudación comprometida con el FMI, al obligarlos a responder si tienen
billetera virtual o realizan ventas online que no declararon.
El organismo recaudador
está notificando al Domicilio Fiscal Electrónico de los
contribuyentes que recientemente se han inscripto en el IVA que en el plazo
de 5 días hábiles deben completar un cuestionario de 16 preguntas con
carácter de declaración jurada, según informa Contadores en Red.
El contador Daniel
Pérez precisó que es para aquellos que se inscriben en el IVA.
El requerimiento
implica la contestación de una serie de preguntas relacionadas con la
actividad y la situación anterior a la inscripción. Esto parece querer detectar
que los que vienen del Monotributo, no tuvieran una situación se
"simulación" o "enanismo fiscal". Es una forma más de detección
de evasión fiscal, enfatizó.
¿Qué
información solicita AFIP a los nuevos inscriptos en IVA?
El formulario que envía la AFIP al domicilio fiscal electrónico
de los nuevos inscriptos en IVA incluye las siguientes 16 preguntas:
1.Para su
actividad comercial, ¿alquiló local y/o arrendó inmueble u otro tipo de
contrato? En caso afirmativo, consignar CUIT/CUIL/DNI del
locador/arrendatario/comandante y monto mensual pactado.
2.¿Posee cuentas
bancarias para el giro comercial? En caso afirmativo, indicar el número de
CBU de la cuenta principal o más importante.
3.¿Solicitó
el alta en el servicio de electricidad? En caso afirmativo, indique
el número de cliente y contrato.
4.¿Tiene
servicio de Internet para su actividad? En caso afirmativo, indique
el número de cliente y la empresa prestadora del servicio.
5.Indique
el monto de la inversión inicial.
6.¿Es
franquicia?
7.Cantidad
de personal en relación de dependencia afectada a la actividad.
8.¿Posee bienes
registrables afectados a la actividad? En caso afirmativo consigne
dominio/ matricula/ cuenta DGR Provincial de los 2 bienes de mayor valor.
Venta
online, billetera virtual y contratos con clientes y proveedores
9.¿Realiza
ventas online? En caso afirmativo, indique actividad y/o páginas web
utilizadas para la comercialización (solo las 2 principales).
10.En caso
de persona humana ¿Fue empleado en relación de dependencia en los últimos
24 meses antes de la inscripción en IVA? En caso afirmativo indicar el CUIT del
último empleador y el monto de la remuneración promedio cobrada.
11.Indique si
pertenece o está vinculado a un grupo económico. En caso afirmativo
indique el CUIT de la firma principal del grupo.
12.Detalle cliente
principal, CUIT, mail de contacto y teléfono.
13.Detalle de proveedor
principal, CUIT, mail de contacto y teléfono.
14.¿Posee billetera
virtual? En caso afirmativo indique Empresa/Banca Digital, CUIT.
15.¿Es subcontratista de
una empresa de limpieza, seguridad y/o constructora? En
caso afirmativo, indique actividad de la firma contratante y CUIT.
16. La actividad por
la cual se inscribió, ¿es continuadora de una empresa y/o explotación
preexistente? En caso afirmativo, indique el CUIT de la firma antecesora.
¿Qué
pasa si no contesto el pedido de información?
Según lo informado en
la notificación si los contribuyentes no cumplen, serán sancionados con
multas.
Asimismo, colegas que
recibieron estas notificaciones en el domicilio fiscal electrónico comentan
que, ante la falta de cumplimiento, la AFIP bloquea la CUIT del
contribuyente, advirtió Contadores en Red.
El plazo de 5
días no es razonable según las normas vigentes, afirmó Sebastián M.
Domínguez, SDC Asesores Tributarios, quien agregó que la suspensión del CUIT es
una sanción muy grave, al entorpecer toda la actividad comercial y
conllevar retención total de IVA y Ganancias.
Parte de lo que se
pide en este cuestionario es información a la cual es fisco tiene acceso y
parte sin dudas es para comenzar a facilitar el cruce con otros organismos como
lo son el consumo de energía eléctrica o internet, concluye el portal.
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