Un tributarista experto detalla los puntos que se deben conocer para entender si un contribuyente puede quedar eximido del pago de Ingresos Brutos
La Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó la eximición de
cuotas del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) de la Ciudad de
Buenos Aires para los nuevos contribuyentes que inicien actividades. Y en este
marco, el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores
Tributarios, brindó cinco claves para saber si uno puede acceder al beneficio.
A través de la
Resolución 41/2022, la AGIP reglamentó la Resolución 80/2022 del Ministerio de
Hacienda y Finanzas (MHyF) que determinó la bonificación de las cuotas de 2022
para los nuevos pequeños contribuyentes que se inscriban en el Régimen
Simplificado de la CABA.
A continuación, los puntos salientes para conocer si uno puede
quedar eximido del pago de Ingresos Brutos por un año:
1
- Para acceder al beneficio de la eximición es necesario adherirse al Régimen
Simplificado.
Según sostuvo
Domínguez, es importante mencionar que el Régimen Simplificado es un régimen
optativo para quienes sólo realizan actividades en la Ciudad de Buenos Aires y
son personas humanas, sucesiones indivisas o las sociedades de la sección IV de
la Ley General de Sociedades que tengan hasta tres socios.
"Es
decir, el beneficio no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos
Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio
Multilateral que desarrollen actividades en esta", indicó.
2
- Para ser considerado nuevo contribuyente y así poder acceder a la eximición,
es requisito encuadrar en alguna de estas dos situaciones:
Haber iniciado
actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado durante el ejercicio
fiscal 2022 y no registrar una inscripción previa en el tributo.
Haber iniciado
actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado durante el ejercicio
fiscal 2022 y registrar el cese en el tributo con anterioridad al día 1 de
enero de 2017.
"El
beneficio no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no
adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio
Multilateral que desarrollen actividades en esta", explicó Domínguez). Y agregó: "Por ejemplo –ilustró el tributarista–, si te diste de baja de
Ingresos Brutos en 2018, no podrás acceder a la eximición aun cuando inicies la
actividad ahora en 2022″.
3
- Otro de los requisitos claves es que se debe inscribir el domicilio de
explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), conforme lo
dispone la Resolución (AFIP) 24 /22.
4
- Los montos a pagar por 2022 que quedarán eximidos, en función de la
categorización de cada contribuyente, quedan de la siguiente manera:
5
- Para solicitar la eximición no hará falta realizar ningún trámite.
De
acuerdo con el especialista, el beneficio de eximición será otorgado de oficio
por la AGIP si uno cumple con todos los requisitos. La notificación
llegará mediante el domicilio fiscal electrónico.
"Estas
fueron las cinco claves del beneficio que ayuda a quienes vayan a iniciar sus
actividades como así también a quienes estén analizando inscribirse y
formalizar actividades que realizan", indicó el socio de SDC Asesores Tributarios.
Sin embargo,
Domínguez evaluó que dados los efectos muy negativos que tiene el impuesto
sobre los Ingresos Brutos "debería
tenderse a su eliminación y reemplazo por una combinación de otros
impuestos".
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