Las inmobiliarias vieron en las divisas digitales un medio de pago más para reactivar el sector y ofrecer más opciones a compradores y vendedores
Argentina no tendrá
una moneda digital de curso legal, como sucedió con El Salvador y el Bitcoin,
pero quizás tampoco necesite pasar por esa instancia. De hecho, ya hay cientos
de comercios que aceptan criptodivisas y hasta es posible abonar con
tarjetas prepagas que ofrecen reintegros del 2% en estos activos.
Además, el país
ostenta el 10º puesto en el ranking de adopción de moneda digital y se
estima que ya hay 3,8 cuentas en exchanges locales, dos de los cuales dan
tarjetas prepagas cripto.
Al cotizar a la par
del dólar, uno de los principales rubros que abrazó a las criptomonedas es
el inmobiliario. Si bien la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) viene
realizando diversos programas desde el 2020, el sector recibió un fuerte
empujón cuando Mercado Libre avanzó en filtrar los avisos de propiedades cuyos
dueños aceptan estos activos.
Inmobiliarias
4.0
En rigor, todas las
inmobiliarias convalidan este medio de pago, siempre que el dueño de la
propiedad lo acepte. En
Mercado Libre, al escribir en el buscador "Se aceptan Bitcoins", se
observan todos los avisos de inmuebles que pueden comprarse con esta modalidad.
Entre las
inmobiliarias crypto-friendly aparece Predial. Su CEO, Gabriel
Brodsky, asegura que avanzaron por este camino hace ya un buen tiempo.
Revela que las
monedas más útiles en el sector son las estables (o stablecoins) que
ofrecen una cotización fija y paridad con otro activo, como Tether,
DAI y BUSD, que siguen el precio del dólar.
"Para nuestra
industria ya son una moneda más. El comprador pasa de bitcoin a stablecoin y se
abre un universo superador: las transferencias son en un par de minutos y de
manera descentralizada", afirma el directivo.
Brodsky hace hincapié
en esto último, ya que en una operación tradicional "tenés que hablar con
el ejecutivo de un banco, que validen la operación y chequear que los fondos
entraron".
Como adelantamos,
Oslo Negocios Inmobiliarios realizó en julio la primera venta de un
inmueble con criptomonedas: un semipiso para oficinas valuado en u$s450.000. Patricio
Rozenblum, cofundador de la firma, asegura que la operación siguió los carriles
normales: "Si cambias una propiedad por una cripto, es una permuta según
la regulación impositiva. El tratamiento es el de una cosa, como si te cambiara
un auto por un departamento, porque todavía no está regulado".
El ejecutivo expresa
que el comprador "abonó el valor total del inmueble a muy buen
precio", en el emprendimiento AZUR que la firma está desarrollando en
Godoy Cruz 2860 (entre Beruti y Juncal), una de las zonas porteñas más
cotizadas y conocida como Palermo Nuevo, a 200 metros de la estación Pacífico.
A la lista se
suma RE/MAX, que anunció en diciembre la primera venta de un
departamento usado en Argentina: un dos ambientes en el barrio porteño de
Caballito, con un valor de u$s100.000.
"Fue
una operación mucho más sencilla que una venta tradicional porque tanto el
vendedor como el comprador manejaban criptomonedas y se pusieron
rápidamente de acuerdo",
asegura a Ariel Champanier, presidente de RE/MAX Premium.
¿Cómo
se compra una propiedad?
El
escribano Nicolás Soligo Schuler, doctor en derecho notarial y registral,
afirma: "En los inmuebles que se ofertan en bitcoins
el vendedor está interesado en tener una determinada cantidad de criptomonedas o
que la propiedad esté en dólares y que se acepten bitcoins a la cotización
del día de la operación".
El letrado, quien es
asesor de la presidencia de la Cámara Inmobiliaria Argentina y de la Fundación
de Estudios para Desarrollos Inmobiliarios (FEDI), señala que en el contrato hay
que indicar, por ejemplo, "que se
adquirirá un dos ambientes por dos bitcoins: uno se paga a la firma del
boleto y el otro en la escritura".
Aunque remarca que "es conveniente colocar cláusulas
similares a la de los riesgos cambiarios, debido a la volatilidad del Bitcoin y
a que el estudio de títulos puede tardar un mes". En estos casos,
Soligo Schuler indica que hay dos escenarios posibles:
"Pactar
que el comprador asuma el riesgo del agravamiento del tipo de cambio"
"Salvaguardar
que el comprador ya tiene en su poder los bitcoins para hacer frente a la
obligación, lo que se denomina 'manifestación de solvencia'"
Según el
letrado, se trata de una "cesión
permuta: el comprador se compromete a dar un bien intangible y el vendedor lo
acepta como parte de pago". Advierte que en el contrato se
indican las claves públicas. Es decir, las direcciones de bitcoin para
realizará las transacciones, equivalentes al CBU bancario. "Es importante
que manifiesten que son dueños de esas cuentas", remarca.
Con relación al monto
de la operación, hay que estimar un valor del inmueble en pesos o dólares
a la cotización del día de Banco Nación para cumplir con las obligaciones
impositivas. "El tratamiento de los
tributos nacionales, como los Impuestos a la Transferencia de Inmuebles
(ITI), Ganancias y sellos, es similar a una compraventa tradicional",
añade.
Soligo Schuler
asegura que tanto los honorarios de escribanía como de la inmobiliaria
pueden pagarse también en criptomonedas, siempre que quede explícito entre las
partes. "No obstante, los impuestos,
como son fondos que pertenecen al fisco y los escribanos somos agentes de
retención, deben abonarse en moneda nacional", completa.
¿Cómo
se compra de "pozo"?
Soligo
Schuler señala a que, a la hora de adquirir una "unidad funcional
futura" (nombre técnico de los departamentos de pozo) deben tenerse en
cuenta las siguientes cuestiones:
"Las
dos partes deben contar con una billetera virtual"
"Deben
acordar la criptomoneda a usar y la forma de pago, si es único o un 30% de
anticipo y el resto en cuotas"
También
advierte que lo más seguro son las monedas estables. Si se utilizan las
volátiles, como Bitcoin o Ethereum, hay que prever alguna de las siguientes
cláusulas:
De solvencia. "El comprador afirma que ya tiene el
patrimonio, pero abonará en cuotas porque le resulta más cómodo para su control
financiero"
De riesgo
criptocambiario. "El comprador asume
el riesgo y renuncia a readecuar el contrato en caso de cambio de precios, lo
cual es una buena previsión"
"La
venta desde pozo generalmente se trata de un contrato de consumo y adhesión,
por lo que estas renuncias se contemplan como no escritas para beneficio
del comprador porque firma un contrato preestablecido", señala Soligo Schuler.
Remarca que se
puede pactar el precio con divisas digitales o elegir un método
"mixto". Es decir, combinar criptomonedas, dólares y pesos. También
recomienda usar los cripto dólares (DAI, USDT) para evitar potenciales
conflictos entre las partes.
¿Hay
que certificar el origen de fondos?
Al igual que con una
transacción inmobiliaria tradicional –ya sea abonando la totalidad en dólares o
una parte y completando con un crédito bancario– los compradores deben
certificar cómo obtuvieron el dinero.
Soligo Schuler
remarca que los escribanos deben solicitar documentación que respalde el
origen de los fondos utilizados en operaciones superiores a los $12,32
millones, ya que son sujetos obligados de la Unidad de Información Financiera
(UIF).
"No
basta manifestar que se transmiten fondos, sino comprobar la adquisición. Por
ejemplo, el comprador debe justificar que compró cierta cantidad de cripto a
u$s15.000 en una fecha determinada por el fruto de su trabajo, pero no
debe demostrar que ahora tiene u$s400.000 por la revalorización del activo", explica.
Además, remarca que no hace falta que participe un exchange de la operación si ambas partes ya tienen billeteras de criptomonedas. "Es una transacción entre particulares. Lo curioso es que se asemeja mucho a una transferencia bancaria porque el dinero no está en la mesa, pero también al efectivo porque se realiza cara a cara, lo que se denomina F2F (face to face)", concluye.
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