El proceso comenzará de forma gradual y con los contribuyentes "más riesgosos" que acumulan deudas impagas más elevadas. Cuáles son las opciones para regularizar las deudas vencidas.
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que retomará a
principios del mes de febrero las ejecuciones de deudas fiscales. Luego de un
año y medio en suspenso por el impacto económico de la pandemia de coronavirus,
el ente recaudador informó que son 100.000 los contribuyentes con
deudas impagas en situación de ejecución fiscal por más de $160 mil millones.
En el comunicado
oficial, el organismo destaca que durante ese plazo, "puso a disposición
de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la
regulación de pasivos acumulados como consecuencia de la crisis del gobierno
anterior así como resultado de la irrupción de la pandemia".
"En línea con el
proceso de recuperación económica que experimenta el país y con el objetivo de
proteger el interés fiscal, el organismo retomará a partir de febrero las
ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos. El proceso se hará en forma
gradual",
agregaron.
Desde el organismo
recordaron que los contribuyentes en esa situación pueden regularizar sus
pasivos a través de la nueva moratoria y planes de pagos. En ese
sentido, enfatizaron que antes de llegar a la instancia de ejecución los
contribuyentes fueron intimados y notificados en reiteradas oportunidades.
En un primer momento,
las ejecuciones comenzarán con los contribuyentes "más riesgosos"
que acumulan deudas impagas más elevadas.
"La
situación no es novedosa para los contribuyentes intimados. Desde la AFIP
enfatizaron que, a lo largo del último año y medio, todos ellos fueron notificados
en reiteradas oportunidades sobre su situación a través del Domicilio
Fiscal Electrónico",
sostuvo el comunicado.
Asimismo, recordaron
que el gobierno puso a disposición distintas herramientas para facilitar la
regularización de deudas impagas. Por eso, antes de comenzar con el proceso
formal de las ejecuciones fiscales, la AFIP realizó una nueva comunicación con
ese universo de contribuyentes para informarles sobre las herramientas
disponibles.
“Le recordamos que el
31 de enero de 2022 finaliza el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales
dispuesto como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los
efectos económicos de la pandemia del COVID-19. Por ello, a partir del 1
de febrero de 2022 su deuda estará
en condiciones de ser ejecutada judicialmente”, sostiene la inducción remitida
por la AFIP.
¿Cómo
se puede regularizar las deudas vencidas?
- Moratoria-Ley
de Alivio Fiscal: Permite
regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas
al 31 de agosto de 2021, así como las infracciones relacionadas a dichas
deudas. La moratoria ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en hasta 120
cuotas. La adhesión está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022.
- Plan de Facilidades de Pago Permanente: Permite regularizar las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021. El plan contempla un máximo de 8 cuotas y la posibilidad de que cada contribuyente elabore 6 planes.
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