Así quedarán las escalas y las deducciones de Ganancias desde 2022. Cuánto debería pagar una persona soltera, casada, casada con hijos o autónomo
La Secretaría de
Seguridad Social de la Nación dio a conocer el índice RIPTE (Remuneración
Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) del mes de octubre, el cual determina
el porcentaje de actualización de las deducciones y escalas del
impuesto a las ganancias.
Teniendo en cuenta
esta información publicada, la remuneración imponible promedio de los
trabajadores estables (RIPTE) se ubicó en $97.538,78, teniendo en cuenta
que un año atrás se había ubicado en 64.756,23 pesos.
Sebastián Domínguez,
Socio de SDC Asesores Tributarios, realizó una estimación de cómo quedarán
las escalas y las deducciones del Impuesto a las Ganancias a partir de
2022.
Ganancias:
escalas y deducciones en 2022
Importes en concepto
de ganancia mínima no imponible, cargas de familia y deducción especial.
- El mínimo no
imponible pasará de $167.678,40 a $252.564,99.
- La deducción por
cónyuge o conviviente pasará de $156.320,63 a $235.457,39.
- La deducción por
hijo o hijastro pasará de $78.833,08 a $118.742,05 y llegará a $237.484,09 en
el caso de los hijos con discapacidad.
- En los autónomos la
deducción especial ascenderá a $505.129,97.
- Por el personal de
casas particulares se podrán deducir $252.564,99.
- Respecto del
alquiler, se descontará del Impuesto a las Ganancias $252.564,99.
- La deducción
especial incrementada que el Gobierno fijó para que los empleados que cobren
hasta $150.000 por mes no paguen el Impuesto a las Ganancias ascenderá con la
actualización a $225.936,97. El mismo valor regirá para la exención del
aguinaldo.
- La deducción
especial para los salarios de hasta $173.000 brutos mensuales llegará a
$260.580,64.
Desde
que salario se pagará Ganancias
En las primeras
escalas, aplicarán las deducciones especiales incrementadas.
- Sueldos de hasta
$97.202,06 quedan exentos.
- Personas que cobren
entre $97.202,06 y $194.404,13 pagarán una base de $4.860,10 + el 9% sobre
aquello que se exceda de $97.202,06.
- Salarios entre
$194.404,13 y $291.606,19 abonarán $13.608,29 + el 12% sobre el excedente de
los $194.404,13.
- Los que ganen entre
$291.606,19 y $388.808,27, la alícuota será de $25.272,54 + el 15% de lo que
sobrepase los $291.606,19.
- Sueldos de entre
$388.808,27 y $583.212,39 pagarán $39.852,86 + el 19% sobre el excedente
de los $388.808,27.
- Remuneraciones de
entre $583.212,39 y $777.616,51 abonarán $76.789,63 + el 23% sobre aquello que
sobrepase los $583.212,39.
- Salarios que vayan
desde $777.616,51 a $1.166.424,76 la cuota será de $121.502,57 + el 27% sobre
el excedente de los $777.616,51.
- Personas que cobren
entre $1.166.424,76 y $1.555.233,05 abonan $226.480,81 + el 31% calculado sobre
lo que sobre de los $1.166.424,76.
- Sueldo de
$1.555.233,05 o más pagarán $347.011,38 + el 35% del excedente.
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