La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió hasta 15 de enero de 2022 el plazo para que las firmas renueven su inscripción
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta 15 de enero de 2022 el
plazo para que las firmas proveedoras de servicios de pago, empresas de
cobranza y sus agentes renueven su inscripción en el Registro de Beneficios
Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. La
decisión abarca a las compañías que están encuadradas en uno de los beneficios
previstos por el Decreto 301/21.
La prórroga, dispuesta
en la Resolución General 5089 de la AFIP, busca que estas empresas
puedan mantener beneficios fiscales y cuenten con el tiempo suficiente para
llevar a cabo la inscripción.
¿Cómo
se realiza la inscripción?
Cada contribuyente debe
acceder con clave fiscal al servicio "Beneficios
Fiscales en el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas
Bancarias" e ingresar los datos requeridos por el sistema.
Luego el
sistema verificará la información existente en sus bases de datos y la
situación fiscal declarada por el contribuyente. De superarse los
controles, el sistema indicará si corresponde aportar documentación adicional
en la dependencia en la que el solicitante se encuentre inscripto.
La solicitud tendrá
una vigencia de 120 días corridos durante los cuales podrán aportarse los
elementos indicados. Cumplido dicho plazo caducará y se deberá iniciar
nuevamente el trámite a los fines del usufructo del beneficio.
Si como consecuencia
de los controles el trámite resulta rechazado, el sistema emitirá un
mensaje en el que indicará los motivos del rechazo y, de subsanarse la
situación que le dio origen, se podrá formalizar una nueva solicitud de
inscripción.
Cuando corresponda
concurrir a la dependencia, dentro de los 5 días de efectuada la presentación
de la documentación respectiva, se notificará al ciudadano la aceptación o
el rechazo de la solicitud en su Domicilio Fiscal Electrónico. Al aprobarse la
solicitud, la AFIP enviará una notificación al Domicilio Fiscal Electrónico y
los efectos de la inscripción se producirán a partir del día siguiente.
Fiscalización
laboral
La Administración
Federal de Ingresos Públicos creó un nuevo Indicador Mínimo de Trabajadores
(IMT) para los servicios postales privados que permite mejorar la capacidad de
fiscalización laboral del organismo sobre la actividad. La incorporación del
indicador eleva a 90 los IMT que dispone la AFIP para determinar la cantidad
mínima de trabajadores y trabajadoras así como las remuneraciones correspondientes
en distintas actividades y sectores.
La nueva herramienta
fue presentada por la administradora federal, Mercedes Marcó del Pont, y
el titular de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social de la
AFIP, Carlos Castagnetto. Los funcionarios estuvieron acompañados por
representantes de la Asociación de Empresas de Correo de la República Argentina
(AECA) y la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística
(FAETyL). También participaron autoridades del Ministerio de Trabajo, el Enacom
y el Correo Oficial.
"Los
IMT son una herramienta muy virtuosa que nos permite tener indicadores y
parámetros objetivos para la fiscalización laboral y garantizar el cumplimiento
de las obligaciones de la seguridad social. Es muy relevante porque este
trabajo es el resultado de la interacción con el sector privado", destacó Marcó del Pont durante la
mesa de trabajo en la que se acordó el nuevo indicador.
En ese sentido,
Castagneto consideró que "los IMT son herramientas muy
relevantes y además son representativas porque son el resultado del consenso y
el diálogo entre todos los sectores, no son una imposición".
Rubros
Los IMT son un
instrumento que le permite a la AFIP establecer la cantidad mínima de
trabajadores y trabajadoras que deben afectarse a una actividad económica en un
período determinado. La herramienta que está vigente para actividades como
la construcción, call centers, frigoríficos, supermercados, estaciones de
servicio, restaurantes y bares también contempla montos de las
remuneraciones de las y los asalariados.
La Dirección General
de los Recursos de la Seguridad Social aplica los IMT de oficio para fijar los
aportes y contribuciones a la seguridad social que debe abonar un empleador que
no declaró trabajadores y trabajadoras o cuando las personas declarados fueran
insuficientes. La utilización de los IMT como herramienta de fiscalización
laboral de la AFIP permiten la regularización laboral y la inclusión social de
los trabajadores más desprotegidos.
"Buscamos
jerarquizar el área de Seguridad Social de la AFIP, que había sido
desvalorizada en la gestión anterior, porque nos permite apuntalar el empleo
legal y protegido, que es una de las prioridades de este Gobierno",
remarcó Marcó del Pont.
Qué
establece la medida
La medida establece
que el indicador para los servicios postales privados está sectorizado en
11 regiones, de acuerdo a la densidad poblacional de cada una de ellas, ya que
es la variable de mayor incidencia en el servicio. Además la normativa
determina la cantidad de trabajadoras y trabajadores necesarios para los
servicios de cartas simples, certificados o expresos, encomiendas y puerta a
puerta.
En el encuentro
estuvieron presentes Bárbara Anzini y Lucio Zemboraín, de AECA; Pablo Gunning,
director ejecutivo de FAETyL; Vanesa Piesciorovski, presidenta del Correo
Oficial; Leandra Ortiz Ibero, directora nacional de Servicios Postales del Ente
Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y Carlos Sánchez, subsecretario de
Fiscalización del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social.
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