Los monotributistas podrán unificar en un pago la cuota del Monotributo y del impuesto a las actividades económicas, un tributo similar a ingresos brutos
Los
monotributistas con domicilio fiscal en la provincia de Salta podrán unificar
en un pago la cuota del Monotributo y del impuesto a las actividades
económicas, un tributo provincial similar a ingresos brutos.
El
acuerdo suscripto entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la
Dirección de Rentas salteña facilita y simplifica las tareas de cumplimiento de
los contribuyentes de la provincia.
La
Resolución General conjunta, publicada en el Boletín Oficial, incorpora a Salta
al Sistema Único Tributario. La herramienta busca promover la simplificación y
unificación de los trámites del orden tributario nacional y de las administraciones
tributarias provinciales. Córdoba, San Juan, Mendoza, Entre Ríos, Río Negro y
Jujuy, son algunas de las jurisdicciones que ya se adhirieron.
El
sistema comprende a los monotributistas que, a su vez, estén alcanzados por el
impuesto sobre los ingresos brutos de las administraciones tributarias
provinciales.
La
incorporación de la provincia al sistema permitirá que los contribuyentes con
domicilio fiscal en Salta cancelen sus obligaciones referidas al Monotributo y
el pago del impuesto a las actividades económicas una sola vez al mes desde un
único sitio. Los monotributistas salteños deberán reimprimir sus credenciales
desde el portal de Monotributo (www.monotributo.afip.gob.ar) y también podrán
efectuar sus pagos desde la aplicación para celulares, "Mi
Monotributo".
AFIP da más tiempo para cumplir con
regímenes de información
La
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorga más tiempo para que
los contribuyentes cumplan con distintos regímenes de información correspondientes
a: accionistas de sociedades que ingresaron a la Moratoria 2020 así como a los
beneficiarios finales de empresas, fondos comunes de inversión y fideicomisos.
La
normativa que establece las prórrogas para las obligaciones fue publicada este
martes en el Boletín Oficial.
Participaciones en
entidades adheridas a la Moratoria 2020: Con la ampliación de la Moratoria 2020 se estableció un
régimen de información que obliga a determinados contribuyentes a informar, con
carácter de declaración jurada, sus socios, accionistas y titulares de por lo
menos el 30% del capital social o similar. El vencimiento de dicha obligación
se extenderá hasta el 17 de febrero de 2021, inclusive.
La ampliación de los
plazos previstos originalmente busca garantizar el acceso a los beneficios de
la Moratoria 2020 a
un conjunto de entidades que no habían realizado en tiempo y forma dicha
presentación.
Beneficiarios
finales:
La AFIP dispuso un
régimen informativo que requiere identificar a las personas humanas con
participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos
comunes de inversión como parte de su estrategia de fiscalización. Para
facilitar las tareas de cumplimiento el vencimiento será prorrogado conforme al
siguiente calendario:
- Las entidades de menor envergadura que cuentan con hasta 50 beneficiarios finales el vencimiento se traslada al 19 de febrero de 2021, inclusive.
- Las entidades con más de 50 y hasta 500 beneficiarios finales tendrán tiempo para presentar la información hasta el 5 de marzo de 2021, inclusive.
- Las entidades con más de 500 beneficiarios finales el vencimiento operará el 19 de marzo de 2021
Por
su parte, los fideicomisos tendrán tiempo para cumplir con la obligación de
informar sus beneficiarios finales a partir de abril de acuerdo al siguiente
calendario.
- Cuando cuenten con hasta 50 beneficiarios finales, el vencimiento operará el 30 de abril de 2021.
- Aquellos con más de 50 y hasta 500 beneficiarios finales, el vencimiento operará el 15 de mayo de 2021.
- Cuando existan más de 500 beneficiarios finales, el vencimiento operará el 31 de mayo de 2021.
0 comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu Comentario!
Estudio RCF Gestión Contable - IVA - Ingresos Brutos , Convenio Multilateral - Autónomos - Monotributo - Moratorias AFIP, ARBA y AGIP - Sueldos, Balances Auditorias, Certificaciones - Servicio Domestico - Ganancias y Bienes Personales , SIRADIG - Seguimiento y Asistencia de cuentas Clientes -Auditorias de Consorcios