Lo que determinó la AFIP es que existen maniobras muy claras de subfacturación por parte de los contribuyentes. Cómo será la transición
Entre
los 25 temas que el Ejecutivo envió al Congreso para su tratamiento durante las
sesiones extraordinarias figura el "nuevo" Monotributo, que guiará la
suerte fiscal de los pequeños contribuyentes.
Mercedes
Marcó del Pont, titular de la AFIP, está trabajando sobre los últimos detalles
de la iniciativa, que enviará en los próximos días al Parlamento.
Según
pudo saber, la idea de Marcó del Pont es elaborar una especie de esquema de
"transición" entre el "Monotributo" y el denominado
"Régimen General".
El
nuevo esquema suavizará el traspaso de un sistema a otro -del Monotributo al
Régimen General-, de forma tal de evitar lo que sucede ahora: los
monotributistas que llegan al límite de la última categoría y están a punto de
saltar del régimen simplificado toman atajos para evitar dar ese paso.
En
concreto, lo que determinó la AFIP es que existen maniobras muy claras de subfacturación
por parte de esos contribuyentes. Y que un sistema que fue creado para
blanquear a los pequeños contribuyentes -sean comerciantes o profesionales-
termina transformándose en un esquema vidrioso, que termina siendo injusto para
el resto.
Según
la número uno de la AFIP, el Monotributo, tal como está planteado, "se transformó
en un mecanismo de subdeclaración, por lo que es necesario generar condiciones
para que el famoso puente al régimen general no sea tan gravoso para los
contribuyentes".
Al
respecto, Marcó del Pont dará a conocer un proyecto en el cual los contribuyentes
pasen al Régimen General, sin que eso signifique un salto al vacío.
La
manera de hacerlo será a través de una especie de intersección entre los dos
mundos tributarios. El de los pequeños contribuyentes con el resto. La clave
del éxito, opinan en la AFIP, tendrá que ver con que los comerciantes y
profesionales que se vean obligados a dejar el Monotributo no sientan que su
negocio deja de ser viable por la presión impositiva.
"Por
eso es necesario generar condiciones para que sea un factor de inclusión, pero
también que ese famoso puente al régimen general no sea tan gravoso para el
contribuyente", dice Marcó del Pont.
Junto
con el "puente" entre ambos sistemas, la AFIP definirá si habrá un
nuevo mecanismo de actualización de las escalas y de los aportes de los
contribuyentes.
El
diagnóstico refiere a que, en la actualidad, el Monotributo incluye a 3,5
millones de contribuyentes y que parte de ellos -dados sus ingresos reales-
deberían tributar IVA y Ganancias, pero se esconden en el Régimen Simplificado
para Pequeños Contribuyentes por el fenómeno conocido como "enanismo
fiscal".
Cuando
un contribuyente pasa el máximo de la categoría más alta del Monotributo y debe
inscribirse en el Régimen General de IVA y Ganancias está obligado a pagar 10
veces más impuestos, con 21% de IVA que encarece sus precios finales, según
advierten desde los bufetes de contadores.
En
la actualidad, las escalas y los montos máximos de facturación del Monotributo
se actualizan una vez al año, y esas categorías están regidas por la ley
27.346, vigente desde 2017.
El
contador Alejandro Rosenfeld señaló que los ajustes en el esquema del
Monotributo se rigen por el artículo 52 de aquella norma. "Los montos
máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto
integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño
contribuyente, así como las cotizaciones previsionales fijas, se incrementarán
anualmente en el mes de septiembre en la proporción de los dos (2) últimos
incrementos del índice de movilidad de las prestaciones previsionales, previsto
en el artículo 32 de la ley 24.241 y sus modificaciones y normas
complementarias".
De
acuerdo a las estimaciones del "blog del contador" -especialista en
cuestiones impositivas-, el ajuste que correspondería aplicar a partir del 1º
de enero sería del 31,02%.
Con
las escalas que vencen a fin de mes, para no quedar afuera del Monotributo, el
ingreso bruto anual no tiene que superar los $2,6 millones para quienes vendan
cosas muebles, que es el límite de facturación de la categoría más alta (la K),
y de $1.74 millones para quienes prestan servicios, de acuerdo con la categoría
H, la última a la que acceden estos pequeños contribuyentes.
Sin
embargo, la nueva ley podría barrer con esta linealidad ya que el proyecto contempla la realidad de las escalas más altas, que están en el límite con el
"Régimen General".
Justamente,
la idea de incluir al nuevo régimen simplificado en las sesiones
extraordinarias pasa por contar con un nuevo esquema impositivo con el arranque
del nuevo año.
El
Régimen Simplificado tiene dos recategorizaciones: una en enero y la otra en
julio de cada año.
Los
cambios en este sistema vienen siendo reclamados por los contadores. Una de las
ideas más escuchadas proponía generar una categoría adicional o un régimen
intermedio que incluya un pago de IVA proporcional y una Ganancia presunta con
una tasa baja.
Los
cambios de la AFIP irían en esta dirección.
Beneficios durante la pandemia
Durante
la pandemia, la AFIP aplicó distintas medidas para beneficiar a los pequeños
contribuyentes castigados por el desplome de la actividad económica.
Las
categorías más bajas -A y B- pudieron calificar para recibir el IFE de $10.000.
La categoría A es la que factura un máximo de $17.400 mensuales. Mientras que
el tope de la B asciende a unos $26.100 cada mes.
Durante
el año pandémico, los monotributistas también tuvieron la posibilidad de sacar
un crédito a tasa 0, a devolver en 12 cuotas, con tres meses de gracia. En
total se otorgaron a más de 600.000 personas. Una posibilidad que se clausurará
a fin de mes, con el nacimiento del nuevo "Monotributo".
Hasta
fin de mes también rige la posibilidad de mantenerse en el Monotributo en caso
de falta de pago en las cuotas. La normativa actual establece la baja del
régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas.
Para
los monotributistas cumplidores con los pagos de sus cuotas, la AFIP contempló
beneficios en la ley de la moratoria 2020. Concretamente, la eximición del
componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal
enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de
$17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría.
Para
las categorías más bajas, el beneficio tendrá una extensión de seis cuotas,
mientras que para las más altas disminuye a dos cuotas, siempre con el tope mencionado
de $17.500. La posibilidad de adherir a estos beneficios sigue abierta
hasta el próximo martes 15.
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