28-02-2018 Por otra
parte, a partir del jueves 1 de marzo los profesionales matriculados que
requieran realizar consultas o gestiones para sus clientes en las distintas
dependencias del organismo deberán obligatoriamente solicitar de manera previa
un turno vía web
La AFIP
estableció que a los efectos de realizar la adhesión al domicilio fiscal
electrónico, se deberán tener previamente comunicados en forma obligatoria en
el sistema registral una dirección de correo electrónico y un número de
teléfono celular, mediante las opciones “Administración de e-mails” y
“Administración de teléfonos”, dentro del Registro Tributario del Sistema
Registral que se encuentra en la página web del organismo a cargo de Alberto
Abad.
Asimismo, cuando se
autorice a una o más personas a acceder a las comunicaciones informáticas,
también se deberá informar la dirección de correo electrónico y el número de
teléfono celular de cada uno de los sujetos autorizados.
Por su parte, se
establece que en virtud de la categoría en el Sistema de Perfil de Riesgo
(SIPER) asignada, la AFIP podrá limitar la modificación del
domicilio fiscal vía Web.
Los avisos sobre las
novedades producidas en el domicilio fiscal electrónico se recibirán en el
correo electrónico y en el número de teléfono celular informados.
Hasta este miércoles
se podrá registrar en el sistema registral la dirección de correo electrónico y
el número de teléfono celular de los sujetos que tengan constituido el
domicilio fiscal electrónico y que aún no hubieran suministrado dicha
información.
Profesionales
Por otra parte, en el
marco de la resolución general (AFIP) 4188-E se informa que a partir del
jueves 1 de marzo los profesionales matriculados que requieran realizar
consultas o gestiones para sus clientes en las distintas dependencias del
organismo deberán obligatoriamente solicitar de manera previa un turno vía web.
En este sentido,
podrán solicitarlo desde la página web de la AFIP teniendo disponible dos
maneras:
–
Sin clave fiscal en la opción de turnos o
–
Con clave fiscal en el servicio “Portal del Ciudadano”.
Para gozar de esta
vía de preferencia, el profesional deberá presentar la matricula habilitante
para acreditar su condición. Es decir, que está atención es personal por lo que
no se puede extender ni a los empleados o gestores dependientes del matriculado
ni de su estudio.
Vence
el plazo para culminar el blanqueo
Este miércoles
también vence el plazo para regularizar el blanqueo de 2016 cuando quedó sin
presentar.
Se trata de casos de
sujetos que pagaron el impuesto especial del sinceramiento pero que
por alguna razón no llegaron a hacer la presentación de sus bienes
ocultos.
El Régimen de
Sinceramiento Fiscal estuvo vigente hasta el 31 de marzo de 2017, fecha
hasta la que los contribuyentes estuvieron habilitados para hacer la
presentación de la declaración jurada que les permitía exteriorizar los bienes
sincerados e ingresar el pago del impuesto especial.
Una consecuencia no
deseada del régimen fue el hecho de que muchos sujetos pagaron el impuesto
especial, pero no llegaron a realizar la presentación de la declaración
jurada correspondiente y, por tal motivo, no lograron obtener el
comprobante de presentación del F. 2009.
Este inconveniente
estuvo originado en que, como resulta habitual, el sistema colapsó los
últimos días por la gran cantidad de presentaciones, como así también porque en
muchos casos las entidades financieras demoraron en acreditar los
pagos realizados desde cuentas radicadas en el exterior.
Debido a la gran
cantidad de casos relevados, las entidades profesionales efectuaron
presentaciones ante la AFIP a fin de solicitar que se habilitara la
posibilidad de efectuar la presentación y así poder gozar plenamente de
los beneficios del régimen.
El argumento
esgrimido fue que los contribuyentes habían realizado el pago del impuesto
especial, mostrando su voluntad de realizar la exteriorización, para por
razones ajenas a su voluntad, se vieron impedidos de realizar la presentación.
Ante estos reclamos,
la AFIP
decidió no habilitar en forma generalizada el servicio, sino que
propuso a los contribuyentes realizar el reclamo correspondiente desde su
página de Internet, a fin de que cada caso sea evaluado en forma
particular.
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