El titular del organismo, Alberto
Abad, comunicó que se elevará el piso para la presentación de Bienes Personales
de la cuarta categoría y que que se postergará el vencimiento para la
declaración jurada. También informó novedades para los monotributistas.
El director de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, informó
este martes una serie de modificaciones en el Monotributo, Ganancias y Bienes
Personales.
Con respecto a éste
último, el organismo aumentó a un millón de pesos el piso de remuneración
bruta de los empleados de la cuarta categoría con obligación de
presentar su declaración jurada del impuesto a los Bienes Personales
de 2017. Hasta ahora, ese límite obligatorio para la presentación de las
declaraciones era de $500.000.
Además, el organismo
decidió también prorrogar hasta el 31 de marzo el plazo para cargar
las deducciones en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones
del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), mediante el formulario 572
Web. Los conceptos que se pueden deducir son los siguientes:
- Por cónyuge.
$48.447 por año, o $4.037,25 por mes por esposo/a (no conviviente) que posea
ingresos ingresos inferiores a $51.967 anuales.
- Hijos o
hijastros. $24.432 anual por cada hijo (o $2.036 por mes), sólo
menores de edad o incapacitados para el trabajo. Tampoco tienen que generar
ingresos superiores a $51.967 anuales.
- Servicio
doméstico registrado. $51.967.
- Créditos hipotecarios. $20.000 al
año. Se puede deducir la parte de la cuota que cancela los intereses, no el
capital.
- Alquileres. $51.967,
siempre que ese monto no supere el 40% del pago mensual de alquiler ni se posea
otro inmueble.
- Seguro de
vida. $996,23 al año
- Gastos de sepelio.
$996,23 al año por el fallecimiento de un familiar directo
- Gastos y honorarios
médicos. Hasta 5% de la ganancia neta del año; 40%de
los gastos médicos (sin contar medicamentos) y honorarios.
- Medicina prepaga.
Hasta 5% de la ganancia neta de cada año por servicio privados del titular
y sus familiares a cargo, sin contar los descuentos obligatorios en el recibo
de sueldo.
- Aportes jubilatorios.
Fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios. No se toman en
cuenta los descuentos obligatorios en el recibo de sueldo.
- Donaciones.
Hasta 5% de la ganancia neta, siempre que sean realizadas a los fiscos
nacional, provincial o municipal y a entidades de bien público que estén
exentas.
El organismo anunció
también que a partir del 15 de enero, para la obtención del CUIT, el
trámite se puede iniciar a través de la página de la AFIP (www.afip.gob.ar)
y luego se debe concurrir a cualquier dependencia para finalizarlo.
Para la obtención
CUIT se deberá presentar los documentos personales, adherir al Domicilio
Fiscal Electrónico, y si el Domicilio Fiscal es diferente al real, adjuntar la
constancia del mismo.
En el caso del Monotributo,
desde el 31 de diciembre último, los contribuyentes comprendidos en las
categorías que van desde la "F" y hasta la "K" inclusive,
están obligados a aceptar tarjeta de débito.
El 20 de diciembre
finalizó la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico con 2,3 millones de
monotributistas y la confirmación de las categorías, en este caso la
"A", en donde 69% del padrón cumplieron con esta disposición.
El 20 de enero finaliza
un nuevo período de recategorización con nuevos valores en las
escalas, las cuales se detallan a continuación:
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