La obligación de aplicar este sistema comienza el 1º de febrero para todos los empleadores que utilizan microfichas, en tanto para quienes utilicen hojas móviles "la obligatoriedad es en los casos con más de 20 empleados, y a partir de marzo para aquellos con más de 10", señala la norma.
La medida fue dispuesta por la resolución 2017-2623-SSTIYC de la Subsecretaría de Trabajo porteña.
Para operar mediante el sistema digital, los empleadores deberán empadronarse en el Registro de Empleadores online y partir de esto podrán realizar las presentaciones en forma remota.
Según explica Fernando Rivera, especialista en implementación tecnológica para RR.HH. de la firma Gestión Compartida, la información requerida por la legislación se envía mediante un archivo electrónico, que deberá firmarse digitalmente para garantizar su autenticidad.
Por tanto, para rubricarlo el representante legal o apoderado del empleador tendrá que contar con un certificado de firma digital.
La firma digital es una herramienta que le otorga a un documento electrónico la misma validez jurídica que a uno rubricado de puño y letra.
En los instrumentos generados por medios electrónicos, el requisito de la firma queda satisfecho si se utiliza una digital que asegure indubitablemente la autoría e integridad del instrumento.
Ventajas del sistema digital
- Agilidad. Evita trasladar e imprimirlos libros, reduciendo tiempo y costos.
- Cumplimiento. Asegura cumplir con las normativas vigentes evitando multas y sanciones.
- Sustentabilidad. Reduce el impacto ambiental.
- Optimización. Reduce costos de tiempo, trabajo, traslado, impresión y espacio físico de archivo.
- Seguridad. Asegura el origen, la autenticidad y la perdurabilidad de los documentos.
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