lunes, 20 de noviembre de 2017
La AFIP de Abad sale a aclarar el procedimiento para pasar a factura M a través de una nueva circular
3:09 p.m.
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La posibilidad de que la AFIP bloquee la emisión de la factura A, aprobando
la emisión de la factura M generó una profunda controversia.
La posibilidad de que
la Administración Federal de Ingresos Públicos bloquee la emisión de la factura
A, aprobando la emisión de la factura M generó una profunda controversia.
Mediante la
resolución general 4132 la AFIP estableció los incumplimientos que
implican aplicar la sanción que representa tener que facturar con comprobantes
clase “M” debido a la retención
total del IVA y Ganancias, señalan desde Contadores en Interacción.
La preocupación
generalizada radica en que meras faltas aisladas, sumadas a la
discrecionalidad, muchas veces irracional, del organismo de contralor,
implicarían graves trastornos para los contribuyentes.
Por esos motivos la AFIP
emite la Circular 5-E/2017 en donde trata de llevar tranquilidad a los
contribuyentes estableciendo que la prohibición de emitir facturas clase A se
producirá cuando en virtud de un análisis integral de los parámetros de control
indicados en el Anexo de la resolución general 4132, se verifiquen desvíos o
inconsistencias sustanciales y evidentes entre los montos facturados y la real
actividad económica.
El solo hecho de registrar
incumplimientos de índole formal o inconsistencias aisladas y/o no relacionadas
con los parámetros establecidos en el aludido Anexo, no implicará que los
responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado sean habilitados para
emitir comprobantes clase “M”.
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