viernes, 13 de octubre de 2017
ARBA comenzó a intimar en forma masiva el pago de multas
11:04 a.m.
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13-10-2017 Los contribuyentes podrán
interponer dentro de los 15 días de notificada, el recurso de reconsideración
ante ARBA.
Mediante resoluciones
delegadas, ARBA
está notificando de las sanciones a los contribuyentes, que en
su condición de obligados inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos,
no presentaron en los plazos establecidos las declaraciones juradas correspondientes
a los anticipos mensuales.
La falta de
presentación constituye una infracción a los deberes formales
¿Qué puede hacer el contribuyente?
1.
Interponer Recurso de Reconsideración
Según lo establece el
artículo 115 del Código Fiscal, los contribuyentes podrán interponer dentro de
los 15 días de notificada, el recurso de reconsideración ante ARBA, de
conformidad con las previsiones del artículo 116 del Código.
2.
Pagar las Multas y presentar las declaraciones juradas adeudas.
A fin de efectuar el
pago de multas, deberá obtener la correspondiente liquidación a través del
Sistema Integral de Multas (SIM) de ARBA.
"Estas sanciones
les están llegando a aquellos contribuyentes que en su momento recibieron un Intimación
por Multa Automática, pero que decidieron no abonarlas, perdiendo el derecho al
beneficio de reducir la multa al 50.
"Por lo que el
incumplimiento y la falta de presentación, habilita la vía de cobro judicial
por Apremio, devengándose los intereses hasta la fecha del efectivo pago".
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