ARBA comenzó a intimar en forma masiva el pago de multas ~ Estudio RCF

viernes, 13 de octubre de 2017

ARBA comenzó a intimar en forma masiva el pago de multas

13-10-2017 Los contribuyentes podrán interponer dentro de los 15 días de notificada, el recurso de reconsideración ante ARBA.
Mediante resoluciones delegadas, ARBA está notificando de las sanciones a los contribuyentes, que en su condición de obligados inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no presentaron en los plazos establecidos las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos mensuales.
La falta de presentación constituye una infracción a los deberes formales

¿Qué puede hacer el contribuyente?

1. Interponer Recurso de Reconsideración
Según lo establece el artículo 115 del Código Fiscal, los contribuyentes podrán interponer dentro de los 15 días de notificada, el recurso de reconsideración ante ARBA, de conformidad con las previsiones del artículo 116 del Código.

2. Pagar las Multas y presentar las declaraciones juradas adeudas.
A fin de efectuar el pago de multas, deberá obtener la correspondiente liquidación a través del Sistema Integral de Multas (SIM) de ARBA

"Estas sanciones les están llegando a aquellos contribuyentes que en su momento recibieron un Intimación por Multa Automática, pero que decidieron no abonarlas, perdiendo el derecho al beneficio de reducir la multa al 50.
"Por lo que el incumplimiento y la falta de presentación, habilita la vía de cobro judicial por Apremio, devengándose los intereses hasta la fecha del efectivo pago".


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