miércoles, 22 de marzo de 2017
Ganancias y Bienes Personales: ¿quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
10:00 a.m.
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Ganancias
y Bienes Personales: ¿quiénes se encuentran obligados a presentar las
declaraciones juradas?
La AFIP subió el límite para las
declaraciones juradas informativas y menos empleados deberán cumplir con el
trámite
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) subió el límite para las declaraciones
juradas informativas y menos trabajadores deberán completar el formulario 572
sobre Bienes Personales y Ganancias.
Los nuevos topes
fijados a comienzos de marzo, a partir de los cuales se deberán realizar
declaraciones juradas informativas, no sólo regirán para 2017 sino también para
el ejercicio del año pasado. Esto se confirmará en los próximos días a través
de una resolución.
La Resolución 4003 de
la AFIP estableció que quienes tuvieran ingresos anuales brutos por
500.000 pesos debían presentar las declaraciones juradas informativas de
ambos impuestos. Antes de esta resolución, estaban alcanzados aquellos
individuos con ingresos brutos anuales de $200.000, en el caso de Bienes
Personales, y por $300.000 por Ganancias.
"La norma sólo
hablaba de 2017, pero en estos días se corregirá y dirá que es aplicable para
2016", anticiparon desde la AFIP, según informa el diario La Nación.
De esta manera, se
achicaría en un 60% la cantidad de empleados en relación de dependencia y
jubilados alcanzados por la medida (pasaría de 120.000 a sólo 47.000 personas).
Cabe destacar que
para el resto de los empleados, las declaraciones juradas no son informativas
sino determinativas, es decir que deben fijar cuánto pagar de los impuestos y
cumplir con los pagos.
¿Quiénes se encuentran obligados a
presentar las declaraciones juradas?
–Impuesto
a las Ganancias:
Declaración
jurada informativa: quienes
obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000 por el
desempeño de cargos públicos, trabajo en relación de dependencia y
jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto
tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al
pago del impuesto.
Declaración
jurada determinativa del impuesto:
quienes se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se
determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal
y aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los
presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran
solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la
respectiva obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para
los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por
las mismas.
Además deberán
informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados
conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten
aplicables a esa fecha. El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y
retenciones sufridas.
–Impuesto
sobre los Bienes Personales:
Declaración jurada
informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000.
Declaración
jurada determinativa:
quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos ciudadanos cuyos bienes
superen:
Para
el período 2016 $ 800.000
Para
el período 2017 $ 950.000
Para
el período 2018 $1.050.000




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