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viernes, 30 de diciembre de 2016

Fecha especial para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta correspondientes al período fiscal 2016.


AFIP estableció, mediante la Res. Gral. AFIP 3968, el calendario de vencimientos para el año 2017. Como novedad destacada, los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta para personas humanas y sucesiones indivisas operarán en el mes de junio de 2017 (entre el 12/06 y 16/06, según terminación de CUIT). En forma concordante, el vencimiento del primer anticipo de los citados impuestos para los mencionados sujetos se prorroga al mes de julio 2017 (entre el 13/07 y 17/07, según terminación de CUIT), conforme la Res. Gral. AFIP 3969.
Cabe destacar que el resto de los sujetos alcanzados (sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales) mantienen el esquema de vencimientos tradicional.

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