sábado, 1 de agosto de 2026
martes, 21 de julio de 2026
ARCA confirmó los nuevos montos a pagar en el Monotributo y habilitó la recategorización
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informa que está
disponible la recategorización
del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive. El trámite se puede realizar de forma
simple a través de la web y también desde un teléfono celular. Las nuevas
escalas vigentes fueron actualizadas por el Índice de Precios al Consumidor
(IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los
contribuyentes, ARCA desarrolló la
recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el
contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a
mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto,
puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto,
se puede editar manualmente.
Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través
de la app ARCA Móvil.
La recategorización simplificada estará disponible para los
monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación
electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.
Se trata de la segunda recategorización anual contemplada en la ley
24.977 de régimen simplificado y sus normas modificatorias.
¿Qué se
debe tener en cuenta?
El contribuyente deberá tener
en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables
¿Dónde se consultan los valores?
Los nuevos valores se pueden consultar en el siguiente enlace: www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp
¿Cómo se actualizan ahora los
parámetros e importes a pagar?
Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (Ley 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y
para la actual recategorización se deben considerar los IPC de enero a junio.
¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la
recategorización?
1 - Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se
modificaron los parámetros de la categoría actual.
2- Cuando se trate del inicio de
actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del
mes correspondiente. En este caso, el 20 de agosto estarán vigentes los nuevos
valores a abonar.
Los monotributistas de todas las
categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de
sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de
vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.
Medios de pago disponibles:
·
Volante Electrónico de Pago (VEP)
·
Homebanking
·
Cajero automático
·
Tarjeta de crédito
·
Débito automático en cuenta
bancaria
·
Mercado Pago
Monotributo:
cuáles son los nuevos montos máximos de facturación
A continuación, los nuevos montos máximos de facturación de las
categorías del Monotributo:
·
A
$12.009.410,45
·
B $17.595.182,74
·
C $24.670.494,31
·
D $30.628.651,43
·
E $36.028.231,33
·
F
$45.151.659,41
·
G $53.995.798,87
·
H $81.924.660,37
·
I
$91.699.761,90
·
J
$105.012.519,20
·
K
$126.610.838,75
Monotributo: cuáles
son los nuevos montos de las cuotas mensuales
A continuación, los nuevos
montos de las cuotas mensuales de las categorías del Monotributo (servicios y
ventas de bienes respectivamente):
·
A servicios $49.527,18 - bienes
$49.527,18
·
B servicios $56.379,08 - bienes
$56.379,08
·
C servicios $66.020,12 - bienes
$64.530,58
·
D servicios $84.612,93 -
bienes $82.564,81
·
E servicios $119.811,45 - bienes
$108.267,51
·
F servicios $150.784,21 - bienes
$129.930,65
·
G servicios $230.312,94 - bienes
$158.815,05
·
H servicios $522.706,68 -
bienes $317.895,01
·
I servicios $963.747,86 - bienes
$474.992,78
·
J servicios $1.167.299,76 -
bienes $580.793,69
·
K servicios $1.614.446,04 bienes
- $702.103,24
lunes, 20 de julio de 2026
miércoles, 15 de julio de 2026
Cuánto podés facturar por mes si sos monotributista sin salir del régimen de ARCA
Si sos monotributista y querés saber cuánto podés facturar por mes sin quedar
excluido del régimen simplificado, la respuesta depende de la categoría en la
que estés inscripto. Desde la actualización que rige entre julio y diciembre de
2026, el tope más alto corresponde a la categoría K, que permite declarar hasta $126.610.838,74 anuales, un promedio de $10.550.903,23 por mes.
Sin embargo, ese valor mensual funciona únicamente como una referencia. ARCA no controla la facturación de manera aislada cada mes, sino que toma en cuenta los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses. Si el contribuyente supera el límite anual establecido para su categoría, puede quedar excluido del Monotributo y pasar al régimen general.
Cuánto podés facturar por mes según cada categoría del Monotributo
Aunque el régimen fija límites anuales de ingresos, es posible calcular un promedio mensual para conocer cuál es el nivel de facturación compatible con cada categoría.
Estos son
los valores vigentes entre julio y
diciembre de 2026:
Categoría A:
·
Tope anual: $12.009.410,45
·
Promedio mensual: $1.000.784,20
Categoría B:
·
Tope anual: $17.595.182,74
·
Promedio mensual: $1.466.265,23
Categoría C:
·
Tope anual: $24.670.494,31
·
Promedio mensual: $2.055.874,53
Categoría D:
·
Tope anual: $30.628.651,43
·
Promedio mensual: $2.552.387,62
Categoría E:
·
Tope anual: $36.028.231,33
·
Promedio mensual: $3.002.352,61
Categoría F:
·
Tope anual: $45.151.659,41
·
Promedio mensual: $3.762.638,28
Categoría G:
·
Tope anual: $53.995.798,87
·
Promedio mensual: $4.499.649,91
Categoría H:
·
Tope anual: $81.924.660,37
·
Promedio mensual: $6.827.055,03
Categoría I:
·
Tope anual: $91.699.761,90
·
Promedio mensual: $7.641.646,83
Categoría J:
·
Tope anual: $105.012.519,19
·
Promedio mensual: $8.751.043,27
Categoría K:
·
Tope anual: $126.610.838,74
·
Promedio mensual: $10.550.903,23
Es importante recordar que estos montos
mensuales son una guía. Lo que determina la permanencia en el régimen es la facturación
acumulada de los últimos doce meses, ya que ARCA evalúa los ingresos brutos devengados durante ese período y no únicamente lo facturado en un
mes determinado.
Qué pasa
si superás el límite de facturación del Monotributo
Cuando un contribuyente supera el tope
anual permitido para su categoría, las consecuencias dependen
de la magnitud del exceso. Si todavía existe una categoría superior compatible
con el nivel de ingresos, corresponde realizar la recategorización.
En cambio, quienes ya se encuentran en
la categoría
K y exceden el límite máximo del régimen dejan de reunir
los requisitos para permanecer en el Monotributo y
deben incorporarse al régimen general,
donde comienzan a tributar IVA, Impuesto a
las Ganancias y el resto de las obligaciones previstas para los responsables
inscriptos.
Para detectar estas situaciones, ARCA
cruza información proveniente de las facturas electrónicas, las acreditaciones
bancarias, los movimientos registrados en billeteras virtuales y otros datos
fiscales disponibles.
Si encuentra inconsistencias entre la
categoría declarada y el nivel de actividad del contribuyente, puede iniciar
una recategorización
de oficio o incluso disponer la exclusión del régimen
simplificado.
Qué otros
requisitos controla ARCA para permanecer en el Monotributo
La facturación no
es el único parámetro que define la permanencia dentro del régimen.
Además de los ingresos, el organismo
también considera otros indicadores relacionados con la actividad desarrollada.
En la categoría K, los
límites vigentes son los siguientes:
·
Superficie afectada a la actividad: hasta 200 metros
cuadrados
·
Consumo anual de energía eléctrica: hasta 20.000 kW
·
Alquileres devengados: hasta
$8.378.658,45 por año
Si alguno de estos parámetros supera los
valores permitidos, el contribuyente también puede quedar obligado a modificar
su situación fiscal, aun cuando su nivel de facturación continúe dentro del
límite establecido para su categoría.
Cuánto paga por mes un monotributista de la categoría K
Además de contar con el mayor
límite de facturación, la categoría K también
implica la cuota mensual más elevada del régimen.
Los importes cambian según la actividad
desarrollada:
Prestación de servicios o locaciones
·
Cuota mensual total: $1.614.446,02. Incluye el
impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA) y la obra social
Venta de bienes muebles
·
Cuota mensual total: $702.103,22. El monto es menor
porque el impuesto integrado para esta actividad es más bajo, aunque mantiene
los mismos aportes previsionales y de obra social.
La diferencia entre ambos valores supera
los $900.000
mensuales y refleja el tratamiento diferencial que el régimen
simplificado otorga a los contribuyentes que prestan
servicios frente a quienes se dedican a la comercialización de bienes.






