El organismo encontró 184 contribuyentes que no declararon la tenencia de $1.500 millones que estaban sujetos al Impuesto a los Bienes Personales
Los saldos en cuentas virtuales también deben ser incorporados a la declaración jurada de Bienes Personales) Shutterstock)
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó a 184 contribuyentes con
saldos no declarados por un total de algo más de $1.500 millones que poseían en
sus billeteras virtuales.
Las tareas de
fiscalización se concentraron en las Declaraciones Juradas del impuesto sobre
los Bienes Personales, para verificar que incluyeran la correcta
exteriorización de criptomonedas y otros activos.
Tras realizar
distintos controles y cruces con la información disponible en bases de datos,
la AFIP detectó irregularidades en la situación fiscal de 184 contribuyentes,
por un monto total gravable de $1.523.241.357.
Los contribuyentes
intimados tenían en sus billeteras virtuales pesos, moneda extranjera y
criptomonedas que no incluyeron en sus declaraciones juradas de Bienes
Personales del período fiscal 2021 o que lo hicieron por un valor inferior al
real. En consecuencia, los evasores se exponen a la aplicación de multas por
parte de la AFIP, además por supuesto del pago correspondiente del impuesto.
Las inconsistencias
–señala la AFIP en un comunicado- “fueron
encontradas a partir de la optimización de controles sobre el crecimiento que
tuvieron las transacciones con billeteras virtuales y criptoactivos a lo largo
de los últimos años”.
Qué
se debe declarar
Según dicta la ley
vigente, el monto mínimo aplicable a la valuación del período fiscal del 2022
(se está pagando ahora) es de $11.282.141,08. Es decir que todas aquellas
personas residentes en Argentina que posean bienes que superen ese valor,
deberán declararlo para el pago del impuesto. También están alcanzadas las
personas humanas residentes en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas
en el mismo, por los bienes situados en el país.
Dentro de la
obligación se encuentran afectadas las tendencias en billeteras virtuales, ya
sean pesos, monedas extranjeras o criptomonedas, entre otros activos.
Es importante tener
en cuenta que los inmuebles destinados a casa o habitación, no están alcanzados
por el impuesto cuando la valuación es igual o inferior a $56.410.705,41.
Cuánto
se paga
En lo que respecta a
los montos, la tabla actual publicada por AFIP indica que, cuando el valor
total de los bienes superen los $5.641.070,54, pero sea inferior a
$12.222.319,51, se deberán pagar $28.205,35 más el 0,75% sobre el
excedente de $5.641.070,54.
De igual manera AFIP
establece otras cuatro categorías, según el valor de los bienes de los
contribuyentes. La segunda escala corresponde a quienes tienen bienes valuados
en más de $12.222.319,51 y menos de $33.846.423,25, tendrán que abonar $77.564,72 más
el 1% sobre el excedente de $12.222.319,51.
Los montos van
subiendo progresivamente hasta llegar a la escala de $564.107.504,14 en
adelante. En ese caso se pagan $7.862.242,07 más el monto equivalente
al 1,75% sobre el valor excedente a $564.107.054,14.
Recaudación
en alza
Entre enero y febrero
de este año AFIP recaudó $82.732 millones en concepto de Bienes Personales,
lo que dejó como resultado una variación de 130,2% nominal en relación al mismo
período del año pasado.
Tuvo incidencia en el
aumento de la recaudación el incremento de la alícuota que se aplica a las
percepciones por compra de moneda extranjera, que pasó de 35% a 45% y la
implementación de una alícuota adicional del 25% aplicada a viajes y gastos en
el exterior.
Además, las
compensaciones netas realizadas desde IVA sumaron cerca de $1.300
millones al impuesto. Según indicaron desde AFIP, en el año anterior las mismas
alcanzaron un total de $800 millones aproximadamente.
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