Ingresos brutos: habrá una bonificación del 100% para estos contribuyentes del régimen simplificado ~ Estudio RCF

viernes, 25 de febrero de 2022

Ingresos brutos: habrá una bonificación del 100% para estos contribuyentes del régimen simplificado


El objetivo de la medida, que incluye un beneficio del 50% para el 2023, es incentivar el desarrollo de pequeños nuevos emprendimientos

Las cuotas 1 al 6 del impuesto sobre los Ingresos Brutos tendrán una bonificación del 100% en el ejercicio fiscal 2022 para los contribuyentes inscriptos a partir del 1° de enero de este año en el Régimen Simplificado en la Ciudad de Buenos Aires, según informó la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

Este beneficio sobre Ingresos Brutos se extenderá hasta el 50% durante el segundo año (2023), siempre que el contribuyente permanezca dentro de la categoría de Régimen Simplificado (RS).

Es importante señalar que no se deberá hacer trámite alguno ya que las bonificaciones se harán de oficio al momento de la inscripción.

A quiénes alcanza esta bonificación sobre Ingresos Brutos

La medida alcanzará a los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien actividades durante el ejercicio fiscal 2022 y que no registren inscripciones previas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o hayan realizado el cese en el tributo con anterioridad al 1° de enero de 2017.

Para el reconocimiento del beneficio deberán inscribir el domicilio donde se ejerce la actividad en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), en los términos de la Resolución Nº 24-AGIP/22, requisito obligatorio contemplado en el artículo 175 del Código Fiscal vigente.

Ingresos Brutos en CABA: 5 claves sobre la eximición de pago

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó la eximición de cuotas del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) de la Ciudad de Buenos Aires para los nuevos contribuyentes que inicien actividades. Y en este marco, el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, brindó cinco claves para saber si uno puede acceder al beneficio.

A través de la Resolución 41/2022, la AGIP reglamentó la Resolución 80/2022 del Ministerio de Hacienda y Finanzas (MHyF) que determinó la bonificación de las cuotas de 2022 para los nuevos pequeños contribuyentes que se inscriban en el Régimen Simplificado de la CABA.

A continuación, los puntos salientes para conocer si uno puede quedar eximido del pago de Ingresos Brutos por un año:

1 - Para acceder al beneficio de la eximición es necesario adherirse al Régimen Simplificado.

Según sostuvo Domínguez, es importante mencionar que el Régimen Simplificado es un régimen optativo para quienes sólo realizan actividades en la Ciudad de Buenos Aires y son personas humanas, sucesiones indivisas o las sociedades de la sección IV de la Ley General de Sociedades que tengan hasta tres socios.

"Es decir, el beneficio no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en esta", indicó.

2 - Para ser considerado nuevo contribuyente y así poder acceder a la eximición, es requisito encuadrar en alguna de estas dos situaciones:

  • Haber iniciado actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado durante el ejercicio fiscal 2022 y no registrar una inscripción previa en el tributo.
  • Haber iniciado actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado durante el ejercicio fiscal 2022 y registrar el cese en el tributo con anterioridad al día 1 de enero de 2017.

"El beneficio no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en esta", explicó Domínguez). 

Y agregó: "Por ejemplo –ilustró el tributarista–, si te diste de baja de Ingresos Brutos en 2018, no podrás acceder a la eximición aún cuando inicies la actividad ahora en 2022″.

3 - Otro de los requisitos claves es que se debe inscribir el domicilio de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), conforme lo dispone la Resolución (AFIP) 24 /22.

4 - Los montos a pagar por 2022 que quedarán eximidos, en función de la categorización de cada contribuyente, quedan de la siguiente manera:



5 - Para solicitar la eximición no hará falta realizar ningún trámite.

De acuerdo con el especialista, el beneficio de eximición será otorgado de oficio por la AGIP si uno cumple con todos los requisitos. La notificación llegará mediante el domicilio fiscal electrónico.

"Estas fueron las cinco claves del beneficio que ayuda a quienes vayan a iniciar sus actividades como así también a quienes estén analizando inscribirse y formalizar actividades que realizan", indicó el socio de SDC Asesores Tributarios.

Sin embargo, Domínguez evaluó que dados los efectos muy negativos que tiene el impuesto sobre los Ingresos Brutos "debería tenderse a su eliminación y reemplazo por una combinación de otros impuestos". 

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