El objetivo de la medida, que incluye un beneficio del 50% para el 2023, es incentivar el desarrollo de pequeños nuevos emprendimientos
Las cuotas 1 al 6
del impuesto sobre los Ingresos Brutos tendrán una bonificación
del 100% en el ejercicio fiscal 2022 para los contribuyentes inscriptos a
partir del 1° de enero de este año en el Régimen Simplificado en la Ciudad de
Buenos Aires, según informó la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos (AGIP).
Este beneficio sobre
Ingresos Brutos se extenderá hasta el 50% durante el segundo año (2023),
siempre que el contribuyente permanezca dentro de la categoría de Régimen
Simplificado (RS).
Es importante señalar
que no se deberá hacer trámite alguno ya que las bonificaciones se
harán de oficio al momento de la inscripción.
A
quiénes alcanza esta bonificación sobre Ingresos Brutos
La medida alcanzará a
los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien actividades
durante el ejercicio fiscal 2022 y que no registren inscripciones previas en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos o hayan realizado el cese en el tributo con
anterioridad al 1° de enero de 2017.
Para el
reconocimiento del beneficio deberán inscribir el domicilio donde se
ejerce la actividad en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), en los
términos de la Resolución Nº 24-AGIP/22, requisito obligatorio contemplado en
el artículo 175 del Código Fiscal vigente.
Ingresos
Brutos en CABA: 5 claves sobre la eximición de pago
La Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó la eximición de
cuotas del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) de la Ciudad de
Buenos Aires para los nuevos contribuyentes que inicien actividades. Y en este
marco, el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores
Tributarios, brindó cinco claves para saber si uno puede acceder al beneficio.
A través de la
Resolución 41/2022, la AGIP reglamentó la Resolución 80/2022 del Ministerio de
Hacienda y Finanzas (MHyF) que determinó la bonificación de las cuotas de 2022
para los nuevos pequeños contribuyentes que se inscriban en el Régimen
Simplificado de la CABA.
A continuación, los puntos salientes para conocer si uno puede
quedar eximido del pago de Ingresos Brutos por un año:
1
- Para acceder al beneficio de la eximición es necesario adherirse al Régimen
Simplificado.
Según sostuvo
Domínguez, es importante mencionar que el Régimen Simplificado es un régimen
optativo para quienes sólo realizan actividades en la Ciudad de Buenos Aires y
son personas humanas, sucesiones indivisas o las sociedades de la sección IV de
la Ley General de Sociedades que tengan hasta tres socios.
"Es decir, el
beneficio no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no
adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio
Multilateral que desarrollen actividades en esta", indicó.
2
- Para ser considerado nuevo contribuyente y así poder acceder a la eximición,
es requisito encuadrar en alguna de estas dos situaciones:
- Haber iniciado actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado durante el ejercicio fiscal 2022 y no registrar una inscripción previa en el tributo.
- Haber iniciado actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado durante el ejercicio fiscal 2022 y registrar el cese en el tributo con anterioridad al día 1 de enero de 2017.
"El beneficio no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en esta", explicó Domínguez).
Y agregó:
"Por ejemplo –ilustró el
tributarista–, si te diste de baja de Ingresos Brutos en 2018, no podrás
acceder a la eximición aún cuando inicies la actividad ahora en 2022″.
3
- Otro de los requisitos claves es que se debe inscribir el domicilio de
explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), conforme lo
dispone la Resolución (AFIP) 24 /22.
4
- Los montos a pagar por 2022 que quedarán eximidos, en función de la
categorización de cada contribuyente, quedan de la siguiente manera:
5
- Para solicitar la eximición no hará falta realizar ningún trámite.
De acuerdo con el
especialista, el beneficio de eximición será otorgado de oficio por la AGIP si
uno cumple con todos los requisitos. La notificación llegará mediante el
domicilio fiscal electrónico.
"Estas
fueron las cinco claves del beneficio que ayuda a quienes vayan a iniciar sus
actividades como así también a quienes estén analizando inscribirse y
formalizar actividades que realizan", indicó el socio de SDC Asesores Tributarios.
Sin embargo, Domínguez evaluó que dados los efectos muy negativos que tiene el impuesto sobre los Ingresos Brutos "debería tenderse a su eliminación y reemplazo por una combinación de otros impuestos".
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