El movimiento de fondos entre
cuentas de un mismo titular es una de las operaciones más frecuentes en el
ecosistema financiero actual. Ya sea para saldar deudas, mover ahorros de un banco a
una billetera
virtual o simplemente organizar las finanzas personales, los usuarios
realizan estas transferencias casi a diario. Sin embargo, lo que muchos
desconocen es que existen límites
establecidos que activan controles automáticos por parte de los organismos de
recaudación.
Para este mes de marzo de 2026, la
Agencia de Recaudación y Control Aduanero, más conocida como ARCA, mantiene vigente una serie de normativas que
obligan a las entidades bancarias y plataformas digitales a informar ciertos
movimientos. Estos topes no significan que este prohibido mover el
dinero, sino que el organismo
fiscalizador pone la lupa sobre los flujos de fondos que superan determinados
valores para garantizar la transparencia del sistema.
Los montos que activan el
reporte informativo de ARCA
De acuerdo con las regulaciones que
rigen para el periodo actual, las entidades financieras deben presentar
reportes mensuales cuando los movimientos acumulados de un cliente igualan o
superan cifras especificas. En el caso de las personas fisicas, el
límite de movimientos reportables se ubica en los 50.000.000 de pesos. Por otro
lado, para las personas juridicas o empresas, el umbral es mas bajo,
situandose en los 30.000.000 de pesos mensuales.
Es fundamental comprender que estos valores no solo contemplan las
transferencias individuales, sino el conjunto de ingresos y egresos registrados
durante todo el mes. Ademas, el
régimen informativo incluye el saldo final mensual. Si al cierre del
último día hábil del mes el saldo de la cuenta supera los topes mencionados, la
entidad tiene la obligación de comunicar los datos del titular, el número de
cuenta, el CBU o CVU y los montos totales operados al organismo central.
Qué sucede con las operaciones
en moneda extranjera y activos digitales
Un punto clave para los ahorristas que
operan en dolares o criptomonedas es como se calculan estos límites. La normativa establece que los importes en
moneda extranjera deben ser convertidos a pesos para determinar si se ha
superado el tope de reporte. Para esta conversión, se utiliza la
cotización tipo comprador del Banco de la Nación Argentina correspondiente al
cierre del ultimo día hábil del mes informado. El mismo criterio se aplica para
los activos digitales, tomando su ultimo valor de cotización disponible al
finalizar el período.
Para evitar inconvenientes con las
entidades financieras, es recomendable que los usuarios puedan justificar
el origen de sus fondos, aun cuando se trate de transferencias entre cuentas
propias. Ante movimientos de gran
magnitud, los bancos pueden solicitar documentación respaldatoria. En
caso de no presentarla, la situación podría derivar en un reporte de operación
sospechosa ante la Unidad de Información Financiera.



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