viernes, 3 de febrero de 2017
Ganancias
3:50 p.m.
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Cómo
deducir el pago del alquiler del impuesto a las Ganancias
Quienes
alquilen una vivienda y no sean propietarios de un inmueble podrán deducir
hasta el 40% del alquiler, con un límite anual de $ 51.967. El sistema estará operativo
el próximo mes, pero será retroactivo al 1° enero.
Uno de los cambios
que introdujo la reforma del impuesto a las Ganancias aprobada a fines de
diciembre es la posibilidad de deducir de este gravamen hasta el 40% del pago
del alquiler para aquellos contribuyentes que alquilen una vivienda.
A través del Siradig
(Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las
Ganancias) los contribuyentes podrán ver los nuevos parámetros del gravamen que
surgieron de la última reforma aprobada por el Congreso. Entre ellos, la
posibilidad de deducir alquileres por hasta $ 51.967 al año.
Según informó ayer el
titular de la AFIP Alberto Abad, el sistema estará habilitado entre el 1°
y el 31 de marzo de este año. Allí los contribuyentes que alquilen una vivienda
única y no sean titulares de inmuebles deberán enviar una copia del contrato en
formato PDF, cualquiera sea su fecha de origen.
Además, en forma
mensual, deberán presentar al organismo a través de internet los datos de la
factura emitida por el dueño del inmueble o una inmobiliaria.
En el ejemplo que dio
la AFIP, de un alquiler mensual de $ 6000 se podrá deducir hasta $ 2400 por
mes, siendo el ahorro anual del impuesto de hasta $ 10.080.
En tanto, para el
caso de un alquiler mensual de $ 15.000, se podrá deducir por mes $ 4330
"topeado" por ganancia mínima no imponible, y el ahorro anual será de
hasta $ 18.186.
Si bien el sistema
para ingresar los datos a la AFIP estará operativo a partir de marzo, la AFIP
precisó que el beneficio impositivo será retroactivo al 1° de enero.





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